Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos

Todo sobre los comités y consejos

Te respondemos esas preguntas que tienes sobre el tema y que no sabías a quién preguntar

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El próximo 1 de septiembre se llevarán a cabo las elecciones de presupuesto participativo 2013 y la de comités comités vecinales y consejos de los pueblos. Antes, del sábado 24 al martes 27 de agosto, se podrá participar a través de Internet. Como sabemos que la mejor forma de participar es hacerlo informado, preparamos esta guía básica sobre el proceso.

¿Cuáles son sus funciones?
Representar los intereses colectivos de los habitantes de la colonia ante la autoridad delegacional. Los comités se encargan, entre otras cosas, de integrar, analizar y promover las soluciones a las demandas de los vecinos de su colonia. Así como de proponer proyectos de desarrollo comunitario.

También supervisan el desarrollo, ejecución de obras y servicios en sus colonias, y fomentan la educación cívica entre los vecinos. Los comités y consejos están en constante comunicación con las autoridades y otros comités y consejos, y siempre deben informar a los habitantes de su colonia sobre su actuar.

¿Cuál es la diferencia entre un comité ciudadano y un consejo del pueblo?
Un elemento fundamental que distingue al consejo del pueblo del comité ciudadano es el respeto por la autoridad tradicional y el papel que juega en la toma de decisiones. Esta autoridad la eligen los pueblos originarios de acuerdo con sus propias reglas y costumbres, siguiendo los mecanismos que ellos mismos han definido a través de su historia. Los consejos tienen las mismas facultades que los comités.

¿Cómo están integrados?
Por nueve vecinos de cada colonia, quienes están a cargo de diferentes coordinaciones, Coordinación Interna, de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito; de Desarrollo Social, Educación y Prevención de las Adicciones; de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente; de Presupuesto y Planeación Participativa y de Desarrollo Económico y Empleo; de Desarrollo y Servicios Urbanos; de Capacitación y Formación Ciudadana y de Comunicación y Cultura Cívica; de Fomento a los Derechos Humanos; de Fomento a la Transparencia y Acceso a la Información y de Equidad y Género.

La representación será honorífica y el tiempo de permanencia en el cargo será de tres años, sin posibilidad de reelección.

¿Quiénes pueden formar parte de ellos?
Todos los ciudadanos del Distrito Federal que cuenten con credencial para votar vigente, que estén inscritos en la lista nominal de electores y tengan, cuando menos, seis meses de residencia antes de la elección en la colonia. Los servidores públicos no pueden participar.

¿Cómo se eligen?
A través del voto universal, libre, secreto y directo de los ciudadanos que cuenten con credencial para votar con fotografía, cuyo domicilio corresponda a la colonia de que se trate y que estén registrados en la lista nominal de electores respectiva.

El Instituto Electoral del Distrito Federal es el encargado de organizar las elecciones y las controversias que se susciten serán resueltas por el Tribunal Electoral del Distrito Federal.

Los ciudadanos interesados en formar parte de ellos, deberán integrar fórmulas de cinco ciudadanos, que observen el principio de equidad de género y edad.

A la fórmula que obtenga el mayor número de votos en la elección se le otorgarán cinco integrantes del comité ciudadano, entre ellos al presidente. A la fórmula que obtenga el segundo lugar, se le otorgarán dos lugares y a las fórmulas que obtengan el tercer y cuarto lugar se les otorgará un lugar. Por lo tanto, los comités serán plurales.

¿Cómo funcionan?
Problemas que pueden solucionar.
Los comités ciudadanos y consejos de los pueblos llevan al delegado las propuestas de solución a los problemas de su comunidad que previamente hayan discutido con sus vecinos. ¿Qué tipo de problemas? Los que afectan a la ciudadanía de forma directa como: baches, basureros clandestinos, falta de iluminación, banquetas, pavimentación, drenaje, espacios de recreación e inseguridad. En resumen, cuestiones relacionadas con obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana y programas de prevención del delito.

Su actuar. Los ciudadanos, a través de las consultas participativas, pueden definir a qué se destinará el 3% del presupuesto participativo. Además, comunican a los comités ciudadanos cuáles son los principales problemas de sus colonias.

Los comités ciudadanos y consejos de los pueblos son los representantes legales de los vecinos ante la autoridad, y tienen la facultad para pedir al jefe delegacional que realice las acciones en materia de  obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana y programas de prevención del delito que mayor urgencia tengan en cada colonia.

Para lo anterior, se utilizará el presupuesto participativo, el cual, según el artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del DF, es el monto anual de recursos que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal está obligada a prever en el Decreto de Presupuesto de Egresos para que los ciudadanos, a través de los comités ciudadanos y consejos de los pueblos, decidan sobre su aplicación a través de las consultas ciudadanas. El jefe delegación tendrá la obligación, por ley, de destinar el 3% del presupuesto de la delegación a cumplir con las demandas que le planteen los comités. El jefe de Gobierno y los jefes delegacionales deberán incluir en sus proyectos y anteproyectos anuales de presupuesto de egresos las propuestas de montos de recursos y rubros sobre cuya aplicación decidirán las asambleas ciudadanas.

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